Hola a todos.
Como veníamos comentado, ya ha sido aprobado y publicado el nuevo Real Decreto que regula el equipo de seguridad embarcaciones de recreo. Pincha aquí para descargarlo.
En este nuevo texto se han introducido cambios y como siempre se crea controversia, hemos creído conveniente crear este artículo donde podrás verificar si tienes todo lo necesario.
Como adelanto, indicaros que si teníais pensado abanderar vuestra embarcación en otro país para no someteros a unas normas tan estrictas, iros olvidando. El principal objetivo de este decreto es evitar eso mismo. Por ello, si el propietario o patrón de la embarcación es español y navega por nuestras aguas, debe cumplir esta normativa. Como siempre, más restricciones que soluciones.
«Todo el contenido de este artículo no deja de ser una interpretación personal y puede contener errores o malas interpretaciones que trataremos de subsanar, si fuese necesario, lo antes posible. Discúlpanos si hemos errado en algún punto.»
«Para no hacerlo demasiado extenso y sin dejar de llegar al mayor número de aficionados posibles, hemos omitido las normas destinadas a las embarcaciones de recreo con fines lucrativos, las propulsadas y/o con instalaciones de gas y la normativa de prevención de contaminación para las embarcaciones con inodoros. Recomendamos a todos los propietarios de este tipo de embarcaciones que lean el decreto al completo «
Zonas de navegación
El equipo de seguridad que deben llevar nuestras embarcaciones va a depender de la Zona de Navegación para la que nuestra embarcación esté despachada o , con una certificado que veremos más adelante, en que aguas estemos navegando.
Un ejemplo: Para una embarcación con Categoría de Fabricación C, podemos solicitar su despacho en zona 4 pudiendo alejarnos de la costa un máximo de 12 millas y siempre y cuando nuestra titulación sea el PER o superior.
Puedes consultar las atribuciones de cada una de las titulaciones aquí.
Equipos de salvamento
Como novedad, ahora la balsa de salvavidas no tiene un plazo establecido de revisión si no el que marque el fabricante. Tendremos que ponerle «chispitas» a los chalecos y en algunas zonas se precisa de menos pirotecnia. ¿Esta es la gran reducción que intentaban vendernos?
Equipos de navegación
Importante: Los botiquines tipo Balsa Salvamento no viene completos ya que es necesario incorporar medicamentos. Tenlo en cuenta cuando compres uno.
Ya que ni en este, ni en el Real Decreto 258/1999 en el que se establecen las condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar, se especifica el formato del en el que debemos llevar la «Guía sanitaria a bordo» os dejo este enlace para descargarlo y poder llevarlo en el móvil. Así evitamos tener que imprimirlo y de paso cuidamos el planeta. 🌳🌳🌳
Equipos de seguridad contraincendios y medios de achique.
Os cuento un poco la locura con la que nos hemos encontrado al analizar este punto. Sistemas de Ventilación: Ahora la sala de motores y el compartimento del combustible deben estar ventilados y señalizados pero ¿cómo?. Eso es lo primero que no hemos preguntado ya que está regulado conforme a la norma técnica «UNE-EN ISO 11105:2020 (Pequeñas embarcaciones. Ventilación de las salas de motores de gasolina y/o de los compartimentos para los depósitos de gasolina)«. Cuando consultamos a la UNE cual es el detalle de esta norma, nos dicen que para saberlo tendremos que comprar la norma. ¿QUEEÉ?. El gobierno nos implanta unas medidas más restrictivas y para saber si estoy cumpliendo la ley, ¿tengo que pagar por ello?.
Lo hemos reclamado. Cunado sepamos más actualizaremos este punto. !!Un despropósito¡¡.
Equipos de radio comunicación y navegación.
Estos equipos no constan en el nuevo RD ya que es otro el que lo regula (Real Decreto 1185/2006) pero no deja de ser necesario equipar nuestras embarcaciones con ellos. Gracias @Juan Miguel Mahillo por las aclaraciones aportadas.
Para terminar, no olvidéis que no solo es necesario llevar repuestos para la bocina. Se exigen de todos los consumibles por lo que lleva siempre pilas y bombillas. Y que no se te olvide cada año la revisión de los extintores y cuando proceda la de la balsa salvavidas.
Espero que con esta entrada podáis comprobar que disponéis en vuestras embarcaciones de todo lo necesario para cumplir con las medidas el nuevo Real Decreto 339/2021: Equipo de seguridad de las embarcaciones de recreo. Por que la verdad, más que para mejorar la seguridad, está creado para que puedan sancionarte si así lo desean.
Un saludo y buena proa a todos.
PD: Existe un certificado de navegabilidad con el cual solo precisas llevar en el barco el material de seguridad de la zona en la que estas navegado. Eso si, ten en cuenta que si cambias de zona podrán requerirte y sancionarte si no llevas el material correspondiente. Certificado de navegabilidad 1414.
imagen de portado obtenida de: http://mercuriott.blogspot.com/p/zonas-de-navegaci.html